De las consideraciones anteriormente expuestas este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL. Administrando justicia y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por la ciudadana ARISLEIDA ANTONIA DE NADAL, titular de la cédula de identidad Nº 12.738.172, de este domicilio, asistida por los abogados Alexis Moreno Y Francis Acosta, plenamente identificados.
Segundo: Se ordena a los agraviantes el libre acceso de entrada y salida a la ciudadana Arisleida de Nadal y a su grupo familiar, a las parcelas de su propiedad, en la cual se esta construyendo su casa de habitación familiar a fin de que continué con la edificación, por lo cual en este sentido se decreta que en un lapso de tres días se de cumplimiento a lo aquí ordenando, entregándole las respectivas l.....