DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Revisión de Obligación Alimentaria, solicitada por la ciudadana SANDRA YOLANDA PEÑALOZA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.239.838, contra el Ciudadano OBED OHAD ALCANTARA LOZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.619.746, a favor de la niña BRENDA MARIA ALCANTARA PEÑALOZA, de conformidad con lo establecido en el artículo 523 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el artículo 369 ejusdem, la cual queda revisada en todas sus partes, así como su establecimiento en salarios mínimos urbanos vigentes, en los términos antes expuestos.
PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de revisión y aumento de obligación alimentaria, a favor de la niña BRENDA MARIA ALCANTARA PEÑALOZA, por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (BS. 100.000,00) mensuales, a partir del mes de julio del presen.....