"(...)CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado ALCIDE RAMÓN URBINA GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.961, en fecha catorce (14) de febrero de 2018, en su condición de coapoderado judicial de la parte demandada hoy apelante, contra la Sentencia de fecha seis (06) de febrero de 2018, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, que declaró Parcialmente Con Lugar la demanda por Cobro de Accidente Laboral y Daño Moral, intentada por el ciudadano ALEXANDER JOSÉ RENDÓN SEIJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.202.686, contra la Empresa CERVECERÍA POLAR, C.A.(...)"