En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA PRIMERO: LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano JAVIER OSWALDO NIETO JORGE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.822.140, nacido en Guasdualito, Estado Apure, en fecha 17-04-1970, de 39 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, residenciado en La Aurora, casa S/N, Guasdualito, Estado Apure, hijo de Francisco Jorge y Grecia Nieto, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana MILDRED SUHAIL GONZÁLEZ BRACA, todo de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánic.....