DISPOSITIVA.
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA: PRIMERO: CULPABLE al ciudadano; NADER ELIEZER BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.577.186, natural de la población de Achaguas, municipio Achaguas del estado Apure, de 32 años de edad, profesión u oficio comerciante, residenciado en: Urbanización "Los Centauros", detrás del mercado nuevo, al lado de la Iglesia Pentecostal, casa de la señora Lennys Parra (hermana del acusado) Teléfono celular: 0426-3127583, hijo de Martín Herrera y de Judith Bravo de la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 45 primer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una V.....