En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 2C-12.998-10, seguida en contra de JOSE LUIS JIMENEZ, por la presunta comisión del delito CONTRA LAS PERSONAS, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano: CESAR GERONIMO GONZALEZ JIMENEZ, conforme a lo establecido en el Artículo 318 Numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. MIGUELANGEL ESCALONA.-