Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el presente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, incoado por el ciudadano HECTOR PROTACIO HIDALGO PEREZ, titular de la cedula de identidad N° 2.229.610, contra el MUNICIPIO BIRUACA DEL ESTADO APURE.-
SEGUNDO: LA NULIDAD el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución N° DA-159-006, de fecha 31 de Mayo de 2006, dictada por el Alcalde del MUNICIPIO BIRUACA DEL ESTADO APURE, mediante la cual se declaró Resuelta la venta efectuada a su persona, aprobada en segunda Discusión en fecha 14-08-1997, en sesión ordinaria N° 20, sobre un lote de terreno de siete hectáreas con cinco áreas, ubicado en el Sector Boca de Guerra, comprendido dentro de los linderos siguientes: NORTE: Bajada Caja de Agua en 369 metros; SUR: Caño Cur.....