D I S P O S I T I V A:
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado EMIR JOSE MARTINEZ, contra el auto dictado en fecha 03 de mayo de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en los Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure.
SEGUNDO: SE ANULA el auto recurrido que negó la medida cautelar dictado en fecha 03 de Mayo de 2.018 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en los Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure.
TERCERO: Se repone la causa al estado de que el Juez de Instancia se pronuncie sobre la solicitud de la medida cautela.....