En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Imparte su HOMOLOGACIÓN JUDICIAL a la TRANSACCIÓN JUDICIAL efectuada por la parte actora ARPINE MARGARITA DEMURJIAN SERRANO, plenamente identificada en autos, debidamente asistida por el abogado PEDRO OMAR SOLORZANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.641 y el ciudadano ZEVEN SETRAG DEMURJIAN SERRANO parte demandada en la presente causa, para que surta el efecto de SENTENCIA PASADA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 1713 del Código Civil Venezolano.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente Homologación Judicial y archívese el presente expediente en su oportunidad legal.-
Dada, fir.....