En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o Mejor derecho, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de las ciudadanas: YUMANA NAJAH ARABI SANCHEZ y KEYBIS LIXET SANCHEZ DE ARABI, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-26.088.315, V-13.938.020,respectivamente, con domicilio en el Municipio Achaguas, Estado Apure, sobre unas bienhechurías enclavadas dentro de un lote de
Terreno Propiedad Municipal ubicado en la Zona Urbana en el Sector: PRIMERO
DE MAYO II ( LOS OLIVOS), Parroquia Achaguas, Municipio Achaguas, Estado Apure,, con una extensión de: OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (893 M2 con 75 cm), terreno el cual pe.....