ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa signada con el N° 1CA-1.139-05, a favor del adolescente: XXXX, XXXX Y XXXX; por la presunta comisión del delito CONTRA LA PROPIEDAD, específicamente, HURTO de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el Art. 1 de la Ley Sobre Hurto Y Robo de Vehículos, en relación asimismo a las disposiciones contenidas en los artículos 13 y 282 de la Ley Adjetiva Penal, 546 y 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y el Adolescente, en concordancia con lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.- Notifíquese a las partes de la presente decisión. Remítase al archivo judicial el expediente contentivo de la presente causa una vez quede firme.....