Por los fundamentos antes expuestos, éste Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la INHIBICION planteada por la abogada Jizaismy Morelia Gil Borjas, en su condición de Jueza Provisoria del Tribunal Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Apure, con sede en Guasdualito, en el expediente signado bajo el Nº A-0062-2022, de la nomenclatura particular del Juzgado A-quo, contentivo del juicio de Demanda de nulidad de Acta de Asamblea Extraordinaria, instaurado por el abogados Sami Hamdam Suleiman, Monica Katiuska Rangel Valbuena, Francisco Adolfo Rodríguez Nieto y Juan Carlos Hernández Delgado, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 71.393, 97.381, 26.199 y 66.106, actuando en su carácter de coapoderados de la Sociedad Mercantil Agropecuaria Santa Lucia C.A, y de los ciud.....