CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos DOMINGO ALIS LUQUE LARA y MARYS MAYELIN CASTILLO CARVAJAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-9.597.826 y V-17.394.976, en el orden indicado, debidamente asistidos por la Abg. LIDIA MARTINA LUQUE LARA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 60.995, padres biológicos de la Niña (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), conforme al criterio de la doctrina emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la Sentencia Nro. 693, de fecha 02-06-2015, la cual riela en el expediente Nro. 12-1163, con ponencia de la Magistrada Dra. CARMEN ZULETA DE MER.....