Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin Lugar, el recurso de apelación interpuesto en fecha 20 de junio de 2011, por el abogado Nabor Lanz, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 79.342, actuando en nombre y representación propia; SEGUNDO: Se confirma el auto apelado del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de fecha 17 de junio de 2011, que ordeno a la Alcaldía del Municipio San Fernando del Estado Apure, incluir para el trabajador demandante la cantidad de CIENTO OCHENTA BOLIVARES (Bs.180.000,00) correspondiente a las Prestaciones Sociales del ciudadano NABOR DE JERSÚS LANZ CALDERON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.052.016, en la partida de los do.....