En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, en ejercicio de sus funciones, administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Con lugar EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa, por estar llenos los extremos exigidos por el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a favor de la adolescente (SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN DE LA ADOLESCENTE POR MANDATO EXPRESO DEL ARTICULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES). SEGUNDO: El cese definitivo de toda medida de coerción personal que pese sobre la adolescente imputada. TERCERO: Remitir la presente causa al Archivo Judicial como causa concluida, una vez como haya sido verificado a través de cómputo por secretaria el vencimiento del lapso establecido para ejercer los recursos legales correspondientes.
Publíquese, notifí.....