Por las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el RECURSO DE NULIDAD POR ILEGALIDAD ejercido por el abogado JAIME VARGAS en su carácter de apoderado judicial de la recurrente SONIA MARGARITA PÉREZ DE GALEANO en contra del Acto Administrativo de Efectos Particulares dictado por la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA contenido en el Oficio No. 11303-02 de fecha 25 de marzo de 2002, mediante el cual se notificó a la recurrente que en reunión de fecha 25 de marzo de 2002 el Comité Directivo de la DEM había acordado removerla del cargo que desempeñaba dentro de la Dirección Administrativa Regional del Estado Apure como Técnico I.
SEGUNDO: Se ORDENA reincorporar a la ciudadana SONIA MARGARITA PÉREZ DE GALEANO a un cargo de ig.....