Es por todo lo antes expuesto que, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la Acusación presentada por la Fiscalía III del Ministerio Público, en contra de RAMIREZ PIÑERO JUAN MANUEL, de nacionalidad venezolana, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.924.903, nacido en Guasdualito, Estado Apure, en fecha 20-08-1982, de estado civil soltero, hijo de José Rangel y María Briceño, residenciado en el Barrio Obrero, carrera General Salón, casa Nº 1, Guasdualito, Estado Apure, por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de CARRILLO MURILLO SANDRA PATRICIA. SEGUNDO: Se ADMITE TOTALMENTE las pruebas presentadas por el M.....