Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Formalmente constituido el Tribunal que ha de juzgar el presente asunto de manera unipersonal, causa seguida contra el acusado SIMARU JOSE FIGUEROA MORGANO, titular de la cédula de identidad Nº 17.961.556 y YONNY ENRIQUE PEREZ MEJIAS, titular de la cedula de identidad Nº 7.199.792 por los delito de porte ilícito de arma de fuego (para el primero de los nombrados), homicidio calificado en ejecución de robo agravado en grado de complicidad correspectiva y aprovechamiento de cosas provenientes del delito de robo de vehiculo automotor, previstos y sancionados en los artículos 277, 406 numeral 1º en concordancia con el articulo 424 del código penal venezolano y 470 primer aparte ejusdem concatenado con el artículo 5 de la ley sobre el hurto y robo de vehículos automotores, t.....