Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Aumento de Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana BRUMELIS DOMITILA GUADAMO MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.936.150, madre y representante legal de los hermanos Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de 18 y 14 años de edad, debidamente asistidos por el Defensor Público Tercero Abg. JOSE GREGORIO ESCOBAR CALZADILLA, en contra del ciudadano CAMILO RAFAEL PADILLA MIRABAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.870.728.