ÚNICO: Declara inadmisible de conformidad con el literal "c" del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, la pretensión interpuesta el 6-8-2018 por los Abgs. NASER RIVAS, YIMIT MIRABAL y NASSIMAR RIVAS, Defensores de WILSON MEDARDO ESCALONA SALAZAR, contra la decisión mediante la cual 17-8-2018, el Juez 1° de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. CARLOS ALBERTO JAIME GOMEZ, negó la sustitución de medida judicial de privación preventiva de libertad dictada el 2-6-2018 en contra del antes mencionado ciudadano, por la comisión del delito de homicidio calificado en la ejecución de robo agravado, previsto en el numeral 1 del artículo 406 del Código Penal, en concordancia con el artículo 458 eiusdem.