Por todos los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DE CONTROL SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECRETA: PRIMERO: El SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa signada con el No. 1CA-778-03, seguida en contra de los adolescentes imputados identificados como KATI, CARLOS Y EL JETE (no hay en autos otros datos de identificación); de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 615 ejusdem, en concordancia con el artículo 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal; por la presunta comisión de uno de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal Venezolano; SEGUNDO: La remisión de la causa al Archivo Judicial una vez se encuentre debidamente notif.....