Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure, declara SIN LUGAR la impugnación del poder realizado por el abogado JUAN FRANCISCO ALVARADO PALACIOS, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil ALGODONERA RIOS DEL SUR, C.A., y así se decide. En consecuencia se declara la validez de la representación de la FEDERACIÓN DE PRODUCTORES DE ALGODÓN "FEPAL", por el Abogado LUIS ARTURO HIDALGO, y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal siendo las 3:00 p.m. del día de hoy ocho (8) de diciembre del año dos mil nueve (2009). 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
La Jueza,
Abg. ANAID HERNANDEZ Z.
El Secretario Temp.,
Abg. FRANCISCO J. REYES P.
En esta misma fecha y hora.....