DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: se declara sin lugar la oposición a la intimación planteada por el defensor Ad-litten Abogado JESUS ARMANDO ALVAREZ de las co-intimadas YSABEL CRISTINA PAREDES ADAMO, NICOLE ADAMO PAREDES DE RATTIA,
SEGUNDO: se declara sin lugar la oposición a la intimación planteada por los co-intimados POLICLINICO JOSE MARIA VARGAS C.A. representado por su Presidente RAFAEL MARIA MUÑOZ CARRILLO y ANDRES CECILIO DURAN ARRIECHE.
TERCERO: Con lugar el derecho que tienen el Abogado WILFREDO CHOMPRE LAMUÑO, a cobrar los Honorarios Profesionales Judiciales en el Juicio de RENDICION DE CUENTAS intentado por los ciudadanos ISABEL CRISTINA PEREDES DE ADAMO, NICOLE ANA ADAMO DE RATTIA, VICENTE GABRIEL ADMO PAREDES Y GIA.....