"(...)CADUCIDAD de la acción Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesta por la Sociedad Mercantil TRAKI SCM PLUS C.A, debidamente asistida por el abogado HECTOR R. EZPINOZA R, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.521.310, inscrito en el Inpreabogado bajo en Nº 99.529, contra el acto administrativo de efectos particulares Nº 0156-17, dictado por la Inspectoría del Trabajo del Estado Apure en fecha doce (12) de junio de 2017, mediante la cual se declaró sin lugar la solicitud de autorización para despedir por causa justificada a la ciudadana CAROLINA MORENO, identificada supra, incoada por la Sociedad Mercantil TRAKI SCM PLUS C.A.(...)"