DISPOSITIVA
Por todos los Razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley. Acuerda:
UNICO: SIN LUGAR la Solicitud de Nulidad Absoluta de las actuaciones por Falta de Imputación Fiscal, en relación a la solicitud planteada por el abogado defensor Amilcar Guedez, en virtud de haberse pronunciado anteriormente este Tribunal, con respecto a la solicitud planteada, además de lo establecido en el Artículo 193, parágrafo quinto del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes. Trasládese a los Penados a los fines de ser impuestos de la decisión. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDA DE EJECUCION,
DRA. YULI BALI ARVELO