éste Tribunal de conformidad con los Artículos 93 y 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil y Artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara CON LUGAR la presente acción y se ordena.-
1)º- Que el error material denunciado afecta el Fondo del Acta en cuestión, toda vez que se refiere a la errónea transcripción del nombre del presentante, habiéndose escrito DELIA GARCIA, siendo lo correcto DELIA MAGDALENA GARCIA FIGUEREDO.
2)º- Asimismo, se indica que el nombre de la madre de la presentada como DELIA MAGDALENA GARCIA FIGUEREDO, siendo lo correcto DELIA MAGDALENA GARCIA FIGUEREDO, lo cual dio cumplimiento a lo establecido en el Numeral 8º del Articulo 93 de la Ley Orgánica de Registro Civil.