Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Único: Declarar Consumada la Perención y Extinguida la Instancia en la presente Querella Funcionarial, interpuesta por los abogados Pedro Antonio Sangrona Orta, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el N° 51.089 y José Amílcar Castillo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el N° 90.684, en representación de la ciudadana Peña Herrera Tairi Del Carmen, titular de la cedula de identidad N° 11.185.986, contra la Alcaldía del Municipio Muñoz del Estado Apure.
Segundo: Notifíquese a la parte recurrente de la presente decisión.