este Tribunal Declara Extinguido el presente proceso, y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, siendo las once y treinta minutos de la mañana del día nueve (9) de marzo del año dos mil diete (2.010). 199° de la Independencia y 151º de la Federación.
La Juez.
Abg. Anaid C. Hernández Zavala El Secretario Temp.,
Abg. F