D I S P O S I T I V A:
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por la ciudadana ITTIHAD AZKOUL AZKOUL, parte demandante en la presente causa, contra la decisión de fecha 16 de diciembre del año 2014, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en consecuencia queda revocada la misma.
SEGUNDO: Se le ordena a la Jueza el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure que fije nueva oportunidad para el inicio de la fase de mediación .....