Éste Juzgado del Municipio Biruaca de la circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial en la forma y oportunidad de pago convenido por los ciudadanos ÁNGELA AMARIDE CASTILLO MARIN venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.877.528 y FRANKLIN JOSÉ CABELLO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.593.975, a favor del adolescente xxx, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, del Adolescente. En consecuencia, se impone de carácter Definitivo PRIMERO: La cantidad de MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.600, oo) mensuales, en partidas quincenales de OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 800, oo), a partir del mes de Febrero del corriente año. SEGUNDO: Un bono por la cantidad DOS MIL BOLÍVARES (Bs.F. 2.000, oo) deducibles del bono v.....