este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA: Bastantes y Suficientes las actuaciones insertadas en esta solicitud a favor de los ciudadanos: JOSE MIGUEL RAMOS BOLIVAR, Titular de la Cedula de Identidad N° V-10.616.541,CARMEN ZULAY RAMOS BOLIVAR, Titular de la Cedula de Identidad N° V-8.196.690, FANNY MARGARITA RAMOS BOLIVAR, Titular de la Cedula de Identidad V-8.196.689; LUIS OMAR RAMOS BOLIVAR, Titular de la Cedula de Identidad V- 11.235.389; ARAMIS ALFREDO RAMOS BOLIVAR, Titular de la Cedula de Identidad V- 11.235.393, todos Venezolanos, mayores de edad, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio: HEMENEGILDO ENRIQUE QUIÑONES, Inpreabogado Nº 140.336, respectivamente como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus: JOSE RAMOS HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.....