DECISIÓN.
En fuerza de todo lo expresado precedentemente, este Juzgado Primero del Municipio Achaguas, de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, La presente acción de PENSIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana: NANCY MAGALYS RODRIGUEZ RIVERO, madre y representante legal del menor: DERWIS ALEXANDER RODRIGUEZ RIVERO, asistida por el Abogado en ejercicio: José Gregorio Fernández, Inpreabogado N° 65.646, en contra del ciudadano: JOSÉ RUPERTO RANGEL.
SEGUNDO: Se intima al ciudadano: JOSÉ RUPERTO RANGEL, a cancelar por concepto de Pensiones atrasadas la cantidad de: UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA MIL (B. 1.560.000, oo) BOLÍVARES, contados a partir del 15-03-02 hasta el día 15-06-05, en la forma siguiente: 39 CUOTAS MENSUALES de CUARENTA MIL (Bs. 40.000, oo) BOLÍVARES, más lo que corresponda por Pensió.....