ÚNICO: Declara inadmisible, de conformidad con el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la pretensión de amparo interpuesta el 4-6-2015 por VLADIMIR ERNESTO HIDALGO LOGGIODICE, asistido por el Abg. VICTOR ARMINIO ALTUNA GARCIA, contra el pronunciamiento mediante el cual 27-2-2015, la Juez 2ª de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. SARA GUTIERREZ BETANCOURT, al llevarse a cabo el juicio oral y público en el que interviene como acusado el accionante, de conformidad con el artículo 436 del Código Orgánico Procesal Penal, declaró sin lugar recurso de revocación que interpusiera la Defensa contra la decisión que negó se realizara en el debate, careo de personas e inspección fuera del lugar de la audiencia, con sustento en los artículos 222 y 341 del Código Orgánico Procesal Penal.