DISPOSITIVA
Este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Muñoz (Mantecal) De La Circunscripción Judicial Del Estado Apure, En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, Declara: "CON LUGAR", la acción de CUMPLIMIENTO Y AUMENTO de Obligación de manutención formulada por la ciudadana EUDIS MARÍA ARCHILA ARRIZAGA en contra del ciudadano YNGINIO DEL CARMEN RABAGO TOVAR, en su condición de padre de los niños y adolescentes: (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Del Adolescente), en consecuencia el obligado deberá cumplir de la siguiente manera:
PRIMERO: Cancelar mediante descuento del bono vacacional, la cantidad adeudada de CINCO MIL BOLIVARES (5.000,00 BS), por concepto de Bono Escolar, correspondiente al año escolar 2014-2015. –Y ASI SE DECLARA.-
SEGUNDO: Aportar Mensualmente la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000,00), como .....