Es por todo lo antes expuesto y razonado que éste TRIBUNAL UNIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: Admite la acusación presentada por el Fiscal Decimo Segundo del Ministerio Público, Abg. Armando Flores, en contra de los acusados RAFAEL VANEGAS RIVERO y JUDIT BIBIANA CARRIZALEZ RUIZ, por la comisión del delito de Transporte de Sustancias Estupefacientes en la Modalidad de Ocultamiento, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la Colectividad. Admite totalmente las pruebas presentadas por el Fiscal del Ministerio Público. SEGUNDO: En aplicación del Procedimiento Especial de Admisión de los Hechos, en fecha 08 de mayo de 2012 CONDENA al acusado Rafael Vanegas Rivero, ya identificado, a cumplir la pena de quince (15) años.....