Acto seguido la ciudadana Jueza toma la palabra y realiza las siguientes consideraciones para decidir: Este Tribunal visto lo consignado por el acusado Ángel Antonio Flores, constante de 9 folios y 2 CDS, observa lo siguiente: Los mismos son anexados a la causa, pero deja claro que estos no se serán objetos de valor, en vista de que el lapso para la promoción de la pruebas a precluido, siendo que los mismos debieron promoverse en su oportunidad, para que las partes tuvieran derecho a las mismas, por tal razón, las pruebas consignadas en este acto no serán sometidas a la valoración requerida. Es todo. Acto seguido la ciudadana jueza suspende el presente acto para el día 16 de octubre de 2.013 a las 9:00 a.m., toda vez que no concurrieron otros testigos y expertos. Quedan las partes presentes citadas y notificadas. Cítese a los ausentes. Es todo.
LA JUEZA
DRA. LIDIA LUISA ROCCI ESCOBAR