En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: Se tiene formalmente imputado a la ciudadana LORENA DEL VALLE CARRILLO BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.210.093, nacida en fecha 22-11-1982, natural de Guasdualito, estado Apure, de oficio estudiante, hija de Carmen Omaira de Carrillo Bastidas y Héctor Omar Carrillo Cermeño, residenciada en el Barrio Táchira, al final de la calle Sucre, 4 casas antes de la Iglesia Movimiento Misionero Mundial Guasdualito, estado Apure, por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana ISLEY MARILYN MÉNDEZ AZUAJE. SEGUNDO: Se ADMITE la Medida Alternativa a la Prosecución del Proceso de SUSPENSIÓN CONDICION.....