DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, por encontrarse la Acción Penal evidentemente prescrita, de conformidad con lo pautado en el artículo 318, ordinal 3ª del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que se extingue la presente causa, conforme a lo establecido en el articulo 48, ordinal 8ª ejusdem.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su Oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ,
DRA. MARIA MELVA GARCIA.
EL SECRETARIO,
ABG. EDWIN BLANCO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO,
ABG. EDWIN BLANCO
CAUSA Nª 2C-7131-05 (04-002-0640-01)
MMG/EB/Carlos.-