Con base a los razonamientos precedentes este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDO el lapso de seis (06) meses, veintiséis (26) días, de prisión, al penado EDWIN ALEXANDER RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-21.628.697, quien fue condenado por la comisión de los delitos de Transporte de Sustancias Estupefacientes y Facilitador no necesario en el Transporte de Sustancias Estupefacientes, tipificados en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. De conformidad con la competencia atribuida por el artículo 479, numeral 1, del Código Orgánico Procesal Penal; artículos 507 y 508 eiusdem y el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena.....