Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Se declara INCOMPETENTE para conocer del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el abogado GHASSAN TANNOUS FADEOUS YARYOURA, inscrito en el Instituto de Previsión Social Abogado bajo el número 140.174, actuando en su carácter de representante legal del ente mercantil HOTEL BAR RESTAURANT CHEKKA, FP, debidamente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha 29 de Junio de 2012, bajo el número 86, tomo 5-B, debidamente asistida por el abogado HECTOR DAYAN BALCAZAR GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social Abogado bajo el número 44.213, contra el Acto Administrativo de efectos particulares contenido en la providencia administrati.....