Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se ADMITE el Recurso de Apelación, ejercido por el profesional del derecho FREDDY FIDEL MOLINA AYALA, en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos LUIS EMILIO GARCÍA y DELIA NICANOR COLMENARES, en sus condiciones de acusados, contra la Sentencia dictada en fecha 18 de diciembre de 2008, por el Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, extensión Guasdualito; en la causa 1As-1679-09, decisión impugnable y recurrible, conforme al artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se fija la celebración de la audiencia Oral y Pública para el día martes 24 de marzo de 2009, a las 09:00 horas de la mañana, conforme al artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Cúmp.....