Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Parcialmente Con Lugar, la Querella Funcionarial, interpuesta por la ciudadana DOLAIRE ADELAIDA LEÓN PALACIOS, titular de la cédula de identidad Nº 12.581.139, debidamente representado por el Abogado en ejercicio MANUEL SALVADOR PEREZ BERDUGO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 91.568, contra la CONTRALORIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO ACHAGUAS DEL ESTADO APURE.
Segundo: Se declara firme el contenido en la Resolución Nº CMA/DC/25/06/2015/001, de fecha 25-06-2015, por el Contralor Municipal del Municipio Achaguas del Estado Apure, mediante la cual se resuelve remover a la recurrente a partir del día 08-07-2015, del cargo que des.....