Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO, el presente Convenio en la forma y oportunidad de pago convenido por los ciudadanos: ALAIN ROMAN BUROZ BELLO y MARIA DE LOS ANGELES COUROCO ARAQUE, plenamente identificados en autos, a favor del niño: xxx, de conformidad con el artículo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se acuerda PRIMERO: El obligado alimentario, se compromete con la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.500, oo) mensuales a partir del 15 de abril de 2014. SEGUNDO: El padre se compromete en comprarle la ropa de estrenos y los zapatos en el mes de diciembre. TERCERO: En lo referente a las medicinas, vestido, recreación o cualquier otro gasto extraordinari.....