"(...)Con lugar la Acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano TORIVIO DEL CARMEN SANDOVAL SALCEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 8.186.193, contra la omisión lesiva emanada de PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A., DISTRITO APURE, DIVISIÓN BOYACÁ (PDVSA, Guasdualito Apure), representada por el ciudadano YOSMER SEIJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.210.791, en condición de Gerente del Distrito Apure PDVSA-Guasdualito; en cuanto al acatamiento de la Providencia Administrativa N° 004-2021, de fecha 02 de diciembre del 2021, emanada de la Inspectoría del Trabajo con sede en Guasdualito, estado Apure; que ordenó el reenganche y restitución de derechos del hoy recurrente en amparo constitucional.(...)"