Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial de Nulidad, interpuesto por el ciudadano IRÁN JOSÉ MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.-18.327.699, debidamente asistido por la abogada en ejercicio VICTELIA MAVEL RODRÍGUEZ DE MALDONADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el N° 109.744, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE (Comandancia General de la Policía del Estado Apure. Y así se decide.
SEGUNDO: se DECRETA la Nulidad del Acto Administrativo de Efectos Particulares contenido en la Providencia Administrativa N° 001/22, contenida en Procedimiento Disciplinario.....