PRIMERO: Inadmisible la consulta obligatoria planteada por el Juzgado Primero Accidental de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha veintiuno (21) de mayo de 2008 referente a la decisión de fecha veinticuatro (24) de marzo de 2008, en la cual declaró parcialmente con lugar la demanda intentada por el ciudadano Blanco Alis Miguel contra el Municipio Autónomo San Fernando del estado Apure el cual fue condenado a pagar al ciudadano antes mencionado la cantidad de dieciséis mil ochocientos cincuenta bolívares fuertes con cincuenta y cuatro céntimos (Bs. f. 16.850,54), por cuanto el Municipio no goza de los mismos privilegios y prerrogativas que la República; SEGUNDO: Se ordena la remisión de la presente causa al Juzgado antes mencionado a los fines legales consiguientes; TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.