PRIMERO: CULPABLE, al ciudadano: GALLARDO TORRES JONATHAN ALEXANDER, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.395.977, nacido en fecha 03-07-86, profesión u oficio: funcionario policial, residenciado en el Barrio José Antonio Páez, calle principal, casa N° 02; San Fernando de Apure, Estado Apure; de la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DEL ROBO EN GRADO DE AUTOR de conformidad a las previsiones de los Artículos 406 ordinal 1° en concordancia con el articulo 83 del Código Penal ejusdem, y HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DEL ROBO EN GRADO DE FRUSTRACION EN GRADO DE AUTOR de conformidad a las previsiones de los Artículos 406 ordinal 1° en concordancia con el articulo 82 del Código Penal ejusdem, que le endilgara la Fiscalía Décimo Sexta del ministerio, como materializado en perjuicio de ROSALES GARCIA DOUGLAS ARGENISY CARLOS LUIS CABRERA LEON. En consecuencia, se condena al ciudadano: GALLARDO TORRES JONATHAN ALEXANDER, ya i.....