ÚNICO: De conformidad con el artículo 95 del Código Orgánico Procesal Penal, declara inadmisible por extemporánea, de conformidad con el artículo 95 del Código Orgánico Procesal Penal, la recusación propuesta el 25-5-2015 con sustento en el numeral 8 del artículo 89 eiusdem por ARCENIO PEREZ ESPINOZA, contra la Juez 2ª de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. SARA BENTACOURT GUTIERREZ, en la Causa identificada en el Despacho a su cargo con Nº 2U-591-11.