En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Imparte su HOMOLOGACIÓN JUDICIAL A LA TRANSACCIÓN JUDICIAL efectuada por las partes Abogado Juan Córdoba, plenamente identificado en auto, actuando en este acto con el carácter de apoderado Judicial del ciudadano Tony Anwar Fares, antes identificado en autos y por otra parte el ciudadano Zamir José Abanhadour Paiva, con el carácter de auto, debidamente asistido por el Abogado Hugo Manuel Pino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.678, todos de este domicilio, para que surta el efecto de Sentencia Pasada con autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 1713 del Código Civil Venezolano. Levántese la medida de prohibición de enajenar y g.....