DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela condena al ciudadano: RAFAEL ANTONIO CABALLERO CABALLERO, titular de la cedula de identidad N° 29.597.981; a cumplir la pena de Seis (06) años, Cuatro (04) meses y Diez (10) días de prisión, por la comisión del delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN ROBO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1º en concordancia con el articulo 81 del Código Penal Vigente, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal Vigente, y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley Especial de Desarme, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y el ciudadano ANGEL ALEXIS GARCIA FIGUEROA.
No se condena en costas por ser la justicia gratuita conf.....